El servicio de acogida matinal se realiza en los centros de enseñanza de primaria de Manlleu para fomentar la conciliación familiar y cubrir la necesidad de disponer de un espacio matinal previo al inicio de las clases en las que los niños estén atendidos. Este servicio se rige por la Disposición 10875 del Ministerio de Igualdad publicada en el BOE el 20 de mayo de 2026.
Este servicio está financiado por el programa Plan Corresponsables en Cataluña.
El servicio se ofrece de forma gratuita con un tope de plazas disponibles para cada centro escolar y con unos criterios de priorización según lo establecido en la normativa vigente.
- Renta familiar
- Familias monoparentales o monomarentales
- Familias con algún miembro con un grado de discapacidad reconocido
- Mujeres víctimas de violencia de género
- Unidades familiares en situación de riesgo o exclusión social
- Personas solicitantes de asilo internacional o con estatuto de refugiado
- Familias con responsabilidades de cuidado de personas mayores o dependientes que conviven en el mismo domicilio.
Documentos que acrediten los criterios establecidos: declaración de la renta 2025, carnet de familia monoparental o monomarental, certificado de discapacidad, reconocimiento de dependencia y/u otros.
En caso de riesgo de exclusión, será necesario presentar un informe social emitido por los servicios sociales.
El Ayuntamiento podrá consultar directamente estos datos si se autoriza en el formulario de solicitud y en el Anexo I, por lo que no será necesario adjuntarlos. En caso de no autorizar la consulta de datos, sí será necesario adjuntar dicha documentación.
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Presencial: Podeu sol·licitar cita prèvia
Si realiza el trámite como persona representante debe disponer de la autorización correspondiente. Tiene 2 opciones:
1.- Registrarse en línea en el registro de apoderamientos dels servicio REPRESENTA que le permite otorgar tres tipos de apoderamientos y que es consultable por parte de cualquier administración:
Poder GENERAL: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier administración.
Poder en ORGANISMO: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
Poder a TRÁMITES: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante únicamente para efectuar sólo determinados trámites ante una Administración u organismo concreto.
2.- Si la representación sólo es por este trámite puede adjuntar el formulario de representación firmado que encontrará en el apartado Plantillas de documentos