Este trámite le permite obtener la licencia para llevar a cabo obras de edificación, de reforma, de reparación o rehabilitación que alteren la estructura o el aspecto exterior o afecten a la seguridad de las construcciones existentes que requieren de un proyecto técnico para ser ejecutadas:
Las que afecten a los cimientos o elementos estructurales.
Las que modifiquen el volumen o superficies construidas, instalaciones o servicios comunes.
Las que alteren el número de viviendas o locales existentes.
Las que sustituyan o modifiquen los usos preestablecidos o previstos.
Las que afecten a inmuebles del patrimonio histórico-artístico o se encuentren sometidos a especial protección.
135,50€ una vivienda
193€ de dos a cinco viviendas
252€ más de cinco viviendas
25€ de la tasa para la placa de licencia de obras
3,86% del coste de ejecución material de la construcción, instalación u obra (ICIO)
Estas tasas se encuentran delegadas en el Organismo de Gestión Tributaria, de esta manera se pagan a posterior con una carta de pago que le llegará desde este organismo.
Proyecto técnico, visado y suscrito por un técnico competente
Estudio de seguridad y salud
Asume de la dirección de la obra, visados y firmados por el arquitecto y el arquitecto técnico
Hoja de estadística de edificación y vivienda
Hoja de justificación del programa de control de calidad
En línia: accés al final de la pàgina
Presencial: Podeu sol·licitar cita prèvia
Pla d’Ordenació Urbanística Municipal (POUM)
Decret legislatiu 1/2010, de 3 d'agost, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei d'urbanisme
Decret 64/2014, de 13 de maig, pel qual s'aprova el Reglament sobre protecció de la legalitat urbanística
Impost sobre construccions, instal·lacions i obres
Taxes per la prestació de serveis generals i realització d’activitats administratives
Si realiza el trámite como persona representante debe disponer de la autorización correspondiente. Tiene 2 opciones:
1.- Registrarse en línea en el registro de apoderamientos dels servicio REPRESENTA que le permite otorgar tres tipos de apoderamientos y que es consultable por parte de cualquier administración:
Poder GENERAL: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier administración.
Poder en ORGANISMO: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
Poder a TRÁMITES: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante únicamente para efectuar sólo determinados trámites ante una Administración u organismo concreto.
2.- Si la representación sólo es por este trámite puede adjuntar el formulario de representación firmado que encontrará en el apartado Plantillas de documentos