Este trámite le permite solicitar un aplazamiento (ampliación del plazo de pago) o un fraccionamiento (pago de la cantidad pendiente en varios plazos) del pago de tasas, precios públicos, multas o sanciones municipales como:
Sanciones urbanísticas
Sanciones del Puerta a Puerta
Sanciones de civismo, tenencia de animales
Ocupaciones de vía pública
La persona titular de la deuda con el Ayuntamiento
Deberán fundamentarse las dificultades de tesorería que impiden efectuar la totalidad del pago de la deuda.
No podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento las deudas de importe por principal inferior a 100 €.
Las deudas de importe principal inferior a 30.000 € podrán aplazarse o fraccionarse sin necesidad de presentar ninguna garantía. Por importes superiores deberá detallarse la garantía que se ofrece.
Las deudas se podrán aplazar o fraccionar por un período máximo de:
6 meses, por deudas de importe principal entre 100€ i 300€
18 meses, por deudas de importe principal entre 300,01€ i 1.500€
24 meses, por deudas de importe principal entre 1.500,01€ i 5.000€
36 meses,, por deudas de importe principal superior a 5.000€
Las cantidades aplazadas o fraccionadas se tendrán que pagar con intereses de demora.El pago del aplazamiento o fraccionamiento se realizará por domiciliación bancaria los días 5 o 20 de cada mesSi se incumple el pago del plazo establecido, se continuará su cobro por el procedimiento administrativo de apremio.
Certificado de la titularidad de la cuenta bancaria emitida por la entidad financiera.
En caso de NO autorizar al Ayuntamiento a comprobar los datos referentes al IRPF y prestaciones por desempleo: es necesario adjuntar los documentos que acrediten las dificultades económicas y financieras : nómina, paro, hipoteca o préstamo, gastos...
En caso de deudas superiores a 30.000 €: es necesaria una fianza
En línia: accés al final de la pàgina
Presencial: Podeu sol·licitar cita prèvia
Llei 58/2003 General Tributària
Reial Decret, 939/2005, pel que s’aprova el Reglament General de Recaptació
Ordenances fiscals municipals
Si realiza el trámite como persona representante debe disponer de la autorización correspondiente. Tiene 2 opciones:
1.- Registrarse en línea en el registro de apoderamientos del servicio REPRESENTA que le permite otorgar tres tipos de apoderamientos y que es consultable por parte de cualquier administración:
Poder GENERAL: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier administración.
Poder en ORGANISMO: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
Poder a TRÁMITES: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante únicamente para efectuar sólo determinados trámites ante una Administración u organismo concreto.
2.- Si la representación sólo es por este trámite puede adjuntar el formulario de representación firmado que encontrará en el apartado Plantillas de documentos