Es un informe que sirve para acreditar la adecuación de la vivienda en el proceso de renovación de una autorización de residencia por reagrupación familiar en aquellos casos en los que el reagrupante ha cambiado el domicilio habitual respecto del que acreditó inicialmente para obtener el reagrupamiento familiar.
Una vez recibida la solicitud, el Ayuntamiento verificará los datos aportados y el personal técnico del Ayuntamiento realizará una visita al domicilio. Si el domicilio cumple las condiciones el Ayuntamiento remitirá la propuesta de informe municipal a la Generalidad de Cataluña para que puedan hacer llegar el informe definitivo directamente a la persona interesada en un plazo de 30 días hábiles. Este informe tiene una validez de 3 meses a partir de la fecha de la firma que figura en el informe.
Personas extranjeras empadronadas en Manlleu y que ya hayan reagrupado a su familia.
Pasaporte vigente completo
Autorización de residencia renovada
Volante de convivencia
Documentación de la vivienda:
Cédula de habitabilidad
En caso de propiedad: escritura del registro de la propiedad o bien con trámites iniciados y último recibo de augua, luz o gas.
En caso de alquiler: contrato de alquiler debidamente registrado, último recibo de alquiler, último recibo de agua, luz o gas y recibo de fianza. Es necesario que la vigencia del contrato se extienda como mínimo durante 12 meses desde la fecha de la solicitud. Pasaporte vigente completo
Tasa del Ayuntamiento: 74€ . En el momento de realizar el trámite esta tasa se puede pagar con tarjeta bancaria o bizum
Tasa de la Generalitat: 38,22€. La información de pago de esta tasa la encontrará en el formulario de la Generalitat.
En línia: accés al final de la pàgina
Presencial: Podeu sol·licitar cita prèvia
Si realiza el trámite como persona representante debe disponer de la autorización correspondiente. Tiene 2 opciones:
1.- Registrarse en línea en el registro de apoderamientos dels servicio REPRESENTA que le permite otorgar tres tipos de apoderamientos y que es consultable por parte de cualquier administración:
Poder GENERAL: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier administración.
Poder en ORGANISMO: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
Poder a TRÁMITES: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante únicamente para efectuar sólo determinados trámites ante una Administración u organismo concreto.
2.- Si la representación sólo es por este trámite puede adjuntar el formulario de representación firmado que encontrará en el apartado Plantillas de documentos