Los establecimientos abiertos al público, espectáculos públicos y actividades recreativas para llevar a cabo su actividad requieren la obtención previa de autorizaciones, licencias o comunicación de datos antes del inicio de la actividad. La intervención será más o menos compleja en función de los efectos que estas actividades tienen sobre la convivencia vecinal, la movilidad, la salud de las personas y el medio ambiente.
La Generalitat se encarga de las intervenciones más complejas y de mayor afectación, mientras que los ayuntamientos realizan el resto.
La comunicación previa es el régimen de intervención a través del cual la persona o empresa que quiere poner funcionamiento un establecimiento fijo abierto al público, de espectáculos públicos o actividades recreativas ordinarias, lo pone en conocimiento del Ayuntamiento y acompaña a la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
Se consideran espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario:
Los que se llevan a cabo con motivo de fiestas o verbenas populares.
Los que sean de interés artístico o cultural con un aforo reducido de menos de 150 personas, en caso de que se lleven a cabo ocasionalmente en espacios abiertos al público o en cualquier tipo de establecimientos de concurrencia pública.
Las actuaciones en directo en establecimientos incluidos en el catálogo del Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas y en el anexo I de la Ordenanza de intervención municipal.
Es necesario disponer previamente de:
1. Autorización de utilización o aprovechamiento de bienes de dominio público cuando sea necesario.
2. Plan de autoprotección y haberlo implantado antes del inicio de la actividad, en los siguientes casos:
Que la actividad se encuentre incluida en el anexo I del Decreto 82/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de las mismas .Cuando la actividad se realice en un centro, establecimiento, instalación o dependencia que disponga de autorización para una actividad distinta a la que se pretende realizar.
Memoria con la siguiente información:
Identificación del tipo de espectaculo público o actividad recreativa de carácter extraordinario.
Fecha o fechas y horario previsto para su realización.
Nombre, apellidos, dirección y teléfonos de al menos dos personas responsables de su organización.
Breve descripción del espectáculo o actividad y del número máximo de personas que previsiblemente asistirán o participarán en su realización con indicación de los servicios o prestaciones que se les ofrecerán.
Indicación de las medidas adoptadas, incluidas la contratación del personal de seguridad privada y de control de acceso, y de las que convendría adoptar por parte de los servicios municipales afectados, con el fin de prevenir riesgos para la salud y la seguridad y para prevenir inconvenientes o molestias para terceras personas interesadas, en materia de ruidos y tráfico.
Declaración responsable de disponer de la póliza de seguros que da cobertura a la responsabilidad civil que pueda derivarse de la organización y realización del espectáculo o actividad recreativa.
Identificación de la persona o personas titulares del establecimiento, recinto o espacio abierto, en caso de que no sea la propia persona promotora u organizadora, y documento que exprese su conformidad con el espectáculo público o con actividad recreativa proyectados.
Valoración del impacto acústico del espectáculo público o de la actividad recreativa y, en su caso, de las medidas necesarias para su prevención y minimización.
205€
En el momento de realizar el tramite se puede pagar con targeta bancaria o bizum
LLEI 18/2020, del 28 de desembre, de facilitació de l'activitat econòmica
Taxa per la prestació dels serveis d’intervenció administrativa en l’activitat dels ciutadans i les empreses a través del sotmetiment a prèvia llicència, comunicació prèvia o declaració responsable, així com pels controls posteriors a l’inici de l’activitat, els controls periòdics i les revisions periòdiques
Si realiza el trámite como persona representante debe disponer de la autorización correspondiente. Tiene 2 opciones:
1.- Registrarse en línea en el registro de apoderamientos dels servicio REPRESENTA que le permite otorgar tres tipos de apoderamientos y que es consultable por parte de cualquier administración:
Poder GENERAL: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier administración.
Poder en ORGANISMO: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u organismo concreto.
Poder a TRÁMITES: la persona apoderada puede actuar en nombre de la poderdante únicamente para efectuar sólo determinados trámites ante una Administración u organismo concreto.
2.- Si la representación sólo es por este trámite puede adjuntar el formulario de representación firmado que encontrará en el apartado Plantillas de documentos